LA ASOCIACION OFTALMOLOGICA DE MEDICINA INTEGRATIVA DE COLOMBIA, CUYA SIGLA SERÁ ASOMINT, está integrada por cinco (5) categorías de miembros: Fundadores, de Número, Asociados, Honorarios y Adjuntos.
MIEMBROS FUNDADORES-: Son miembros de Número aquellos médicos especialistas en oftalmología con interés en la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad ocular a través de la medicina integrativa, que suscribieron el acta de creación de la ASOCIACION OFTALMOLOGICA DE MEDICINA INTEGRATIVA DE COLOMBIA los Miembros Fundadores, por ser Miembros de Número pagarán cuotas anuales de sostenimiento y extraordinarias.
MIEMBROS DE NÚMERO-: Serán miembros de Número aquellos médicos especialistas en oftalmología con interés en la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad ocular a través de la medicina integrativa, que hayan diligenciado solicitud de admisión a LA ASOCIACION OFTALMOLOGICA DE MEDICINA INTEGRATIVA DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERÁ ASOMINT, anexando los documentos exigidos por esta. Los Miembros de Número tendrán todos los beneficios, el derecho a votar en Asambleas Ordinarias y Extraordinarias y a ser nombrados en comités, ser elegidos en la Junta Directiva de acuerdo con lo establecido por estos estatutos. Los Miembros de Número pagarán cuotas anuales de sostenimiento y extraordinarias.
MIEMBROS ASOCIADOS-: Los Miembros Asociados serán aquellos médicos no oftalmólogos o profesionales de otras disciplinas que hayan diligenciado solicitud de admisión a LA ASOCIACION OFTALMOLOGICA DE MEDICINA INTEGRATIVA DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERÁ ASOMINT, anexando los documentos exigidos por ésta, que hayan cumplido con los requisitos establecidos por la Junta Directiva para este fin y hayan sido aceptados por la Junta Directiva. Los Miembros Asociados tendrán todos los beneficios de los miembros de Número, pero no tendrán derecho a votar en Asambleas Ordinarias ni extraordinarias, ni a ser elegidos en la Junta Directiva. Los Miembros Asociados pagarán cuota de sostenimiento y extraordinarias.
MIEMBROS HONORARIOS-: Son Miembros Honorarios. aquellos profesionales de la salud, nacionales o extranjeros no miembros de LA ASOCIACION OFTALMOLOGICA DE MEDICINA INTEGRATIVA DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERÁ ASOMINT, que a juicio de la Junta Directiva merezcan esta distinción por cargos de Honor, méritos demostrados en el ejercicio de la profesión, en la docencia, en la investigación en oftalmología o en especialidades afines; o en áreas de especial relevancia para la Medicina integrativa, Presidentes de Sociedades médicas nacionales o extranjeras o conferencistas en congresos cursos u otros eventos de LA ASOCIACION OFTALMOLOGICA DE MEDICINA INTEGRATIVA DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERÁ ASOMINT, que a juicio de la Junta Directiva hayan contribuido de manera especial al enaltecimiento de la medicina integrativa oftalmológica en Colombia. Los Miembros Honorarios tendrán todos los beneficios de los miembros de Número pero no tendrán derecho a votar en Asambleas Ordinarias y Extraordinarias ni a ser nombrados en la Junta Directiva. Los Miembros Honorarios no pagarán cuota de sostenimiento ni extraordinarias.
MIENBROS ADJUNTOS-:
Son miembros adjuntos, por derecho propio, los médicos residentes en Oftalmología, admitidos en programas aprobados en Colombia, previa solicitud y presentación de la certificación correspondiente.
Los miembros adjuntos estarán exentos del pago de las cuotas de admisión ordinarias y extraordinarias hasta que terminen la residencia.
Los miembros adjuntos adquirirán la categoría de Miembros de Número en forma automática al recibir su certificación como especialista, lo que implica el ejercicio pleno de sus derechos y deberes.
Al formalizarse esta condición, deberán pagar cuota de admisión.
DERECHOS DE LOS MIEMBROS-: Son derechos de los miembros:
- Participar con voz y voto en las Asambleas ordinarias y extraordinarias de la Asociación, según lo defina su categoría.
- Elegir y ser elegido para los cargos directivos o administrativos. según lo defina su categoría
- Velar porque las personas que conforman los órganos de dirección y administración de la entidad cumplan a cabalidad con sus funciones.
- Ser informados sobre las actividades de la Asociación.
- Presentar a los organismos directivos proyectos, recomendaciones y demás iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento de la entidad según lo defina su categoría
- Retirarse voluntariamente de la Asociación. según lo defina su categoría
- Asistir a los congresos, cursos, Simposios, seminarios, talleres y demás eventos de la educación médica continuada, organizados por LA ASOCIACION OFTALMOLOGICA DE MEDICINA INTEGRATIVA DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERÁ ASOMINT, o aquellos que organice LA ASOCIACION OFTALMOLOGICA DE MEDICINA INTEGRATIVA DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERÁ ASOMINT con otras sociedades científicas.
- Gozar de los descuentos corporativos ofrecidos a los miembros de LA ASOCIACION OFTALMOLOGICA DE MEDICINA INTEGRATIVA DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERÁ ASOMINT en aerolíneas, hoteles restaurantes, publicaciones, compañías aseguradoras etc.
- Beneficiarse de los créditos especiales, becas o pasantías de educación o entrenamiento que LA ASOCIACION OFTALMOLOGICA DE MEDICINA INTEGRATIVA DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERÁ ASOMINT ofrezca a sus miembros.
- Recibir una credencial que lo acredite como miembro de la Asociación, según lo defina su categoría
- Todos los demás que LA ASOCIACION OFTALMOLOGICA DE MEDICINA INTEGRATIVA DE COLOMBIA CUYA SIGLA SERÁ ASOMINT instituya e implemente
DEBERES DE LOS MIEMBROS-: Son deberes de los Miembros:
Ser leales a los fines de la Asociación
- Acatar las recomendaciones emanadas de la Junta Directiva.
- Asistir a las asambleas ordinarias y extraordinarias de la Asociación y colaborar con las actividades científicas de la entidad.
- Cumplir los estatutos y reglamentos internos de la Asociación.
- Desempeñar los cargos o comisiones para los cuales sea nombrado.
- Pagar cumplidamente las cuotas ordinarias y extraordinarias que decreten la Asamblea General y la Junta Directiva.